Elegir mal el tipo de factura es uno de los errores más comunes al empezar a facturar. Y no es un detalle estético: define si el IVA se discrimina, si tu cliente puede computar crédito fiscal y si el comprobante es válido. La buena noticia es que la regla es sencilla una vez que entendés de qué depende.
De qué depende el tipo de factura
Dependen de dos condiciones: la del emisor (vos) y la del receptor (tu cliente) ante el IVA. En criollo:
- Si sos Monotributista o Exento, emitís siempre factura C, sin importar a quién le vendas. No discriminás IVA porque no lo cobrás.
- Si sos Responsable Inscripto, el tipo lo define quién recibe:
- A un Responsable Inscripto o a un Monotributista → factura A (con IVA discriminado). Desde 2021 (RG 5003), al monotributista identificado como tal se le emite A con la leyenda de la Ley 27.618 (aclara que ese crédito fiscal no se computa). Depende de la condición fiscal del receptor, no del destino de la compra.
- A un Consumidor Final o Exento → factura B (IVA incluido, no discriminado).
Tabla rápida
| Emisor | Receptor | Comprobante |
|---|---|---|
| Responsable Inscripto | Responsable Inscripto o Monotributo | Factura A |
| Responsable Inscripto | Consumidor Final o Exento | Factura B |
| Monotributo | Cualquiera | Factura C |
| Exento | Cualquiera | Factura C |
Dato de contador: desde diciembre de 2025, ARCA eliminó la factura clase M (RG 5762/2025). A los responsables inscriptos “observados” por su comportamiento fiscal, que antes emitían M, ahora les habilita factura A con una leyenda: “PAGO EN CBU INFORMADA” (si no acreditan solvencia patrimonial suficiente pero cumplen el resto de los requisitos) u “OPERACIÓN SUJETA A RETENCIÓN” (los casos que antes iban a M). Si te llega una factura A con alguna de esas leyendas, esa es la señal: ARCA está mirando de cerca a quien la emite.
Por qué importa verificar la condición del cliente
Si sos Responsable Inscripto, para saber si emitís A o B necesitás saber la condición del receptor ante el IVA. Emitir una factura A a quien debía recibir B (o al revés) genera problemas de cómputo de crédito fiscal y comprobantes que después hay que anular. ARCA publica el cuadro oficial de clases de comprobantes a emitir según la condición.
Podés verificar la condición de cualquier cliente en segundos:
- Ingresá su CUIT (o nombre) en la consulta gratuita de ConsultaCUIT.
- Mirá la situación fiscal: ahí figura la condición ante el IVA, Ganancias y Monotributo.
- Con eso ya sabés si va A o B.
Si todavía no tenés claro qué significa cada condición, mirá responsable inscripto o monotributo: cómo saber la condición por CUIT o el glosario de condiciones fiscales.
Antes de facturarle a alguien nuevo
Verificar el tipo de factura es parte de un chequeo más amplio que conviene hacer con cada cliente o proveedor nuevo: que el CUIT esté activo, que la condición fiscal sea la declarada y que no tenga alertas. Lo tenés paso a paso en cómo verificar los datos fiscales de un cliente antes de facturar.
Preguntas frecuentes
¿Un monotributista puede emitir factura A? No. El monotributista emite siempre factura C. La factura A la emiten los responsables inscriptos.
¿Qué pasa si emito el tipo equivocado? El comprobante puede resultar inválido para computar crédito fiscal. Hay que anularlo y volver a emitir el correcto. Por eso conviene verificar la condición del receptor antes.
¿La factura C tiene IVA? No se discrimina IVA en la factura C. El monotributista ya paga su componente impositivo dentro de la cuota mensual del régimen.
¿Dónde confirmo la condición oficial de un CUIT? En la consulta gratuita ves la condición según el padrón, y para un documento formal podés descargar la constancia de inscripción de ARCA.
Esta guía es informativa y no reemplaza el asesoramiento de un contador. Ante la duda, verificá la condición vigente en los canales oficiales de ARCA (ex AFIP).